Abordajes y colisiones; siempre son peligrosos
10/02/2010
Los abordajes y las colisiones son siempre peligrosas. Nadie está exento de ser el protagonista de una situación así, a veces las causas pueden ser externas y no dependen siempre de nostros: una embarcación se puede quedar sin gobierno, o podemos encontrarnos con un patrón inexperto... ¿Sabes qué hacer ante una situación de abordaje o colisión?
Aquí te presentamos una serie de conceptos, reglas, maniobras, consejos y vídeos para salir lo más airoso posible de esta situación.
La prevención, mediante el estricto cumplimiento del Reglamento para prevenir los abordajes de 1972 es la mejor medida para evitarlos. Se deben recordar las reglas específicas para embarcaciones a vela y para las menores de 20 metros de eslora.
Abordaje:
En el sentido más simple, se refiere a la acción de abordar un barco a otro, especialmente con la intención de combatirlo (definición RAE).
En el sentido más amplio abordar es también llegar a otro barco, chocar o tocar con él, aunque no sea en sentido bélico. Cuando se clasifica como un ataque, en la mayor parte de los contextos, se refiere a la toma de la embarcación por personas que no forman parte de la tripulación.
El abordaje puede llevarse a cabo en:
1- Tiempo de guerra por infantería de marina en un intento de capturar y posiblemente destruir un navio.
2- O en tiempos de paz por parte de piratas y otros criminales.
3- O como un medio de inspección por parte de la guardia (o la marina) costera de un país, para prevenir la piratería y el contrabando.
Tipos de abordaje
Una embarcación puede abordar a otra de diversas maneras:
• A la larga Abordar costado por costado.
• Al ancla Ponerse al pairo derribando sobre el enemigo y presentándole siempre el costado de modo que sin ganar ni perder terreno pueda caerse sobre él para lo cual se echa el ancla al mismo tiempo que se amura.
• En buenas Embestir el costado de la embarcación enemigo o pasarle por ojo.
• Por avante Abordar por proa o popa.
• Por sotavento Ganar terreno a lo largo del barco enemigo hasta que se pueda meter el botalón por entre su palo mayor y dejándose caer sobre el viento de repente, quedarse abordado en largo.
• Roa a roa Abordar de proa a la proa de otra embarcación. Abordar de modo que las quillas de los dos barcos estén en una misma recta o casi.
Texto: Anna Artés - Infonavis.com
Fotografía: Luís Fernandez
Prevenir un abordaje
Resumen:
Navegando, mantenga una vigilancia (auditiva y visual).
Ice un reflector de radar.
Utilice el VHF para alertar al buque que navega rumbo de colisión.
Encienda las luces desde el ocaso hasta el orto y en circunstancias meteorológicas adversas o de escasa visibilidad (Para evitar colisiónes, los buques montan luces de navegación que permiten a otros buques determinar el tipo y el ángulo relativo de posición de un buque, y así decidir si hay un peligro de colisión).
Ilumine la vela o el puente con un proyector.
Si navega a vela y existe amenaza de abordaje, ponga en marcha el motor.
Compruebe los ángulos muertos de visión producidos por las velas (foque y spy).
Mantenga siempre a una persona en el puente o bañera.
De noche, identifique al otro buque por sus luces.
Observe en el compás al otro buque. Si la demora permanece constante, y disminuye la distancia, existe riesgo de colisión.
Confiar en que hemos sido vistos es inaceptable. Tenga presente que un buque de gran tamaño maniobra con lentitud y necesita mucho espacio para alterar su rumbo.
En caso de abordaje, y de quedar las embarcaciones unidas, evalúe los daños y las medidas correctoras que puede emprender antes de iniciar la separación. Si la avería fuera irrecuperable o su reparación o atenuación "in situ" resultara muy laboriosa inicie, previamente, los preparativos para el abandono.
En caso de vía de agua, ponga en funcionamiento el sistema de achique. Disminuya, en lo posible, la entrada de agua, mediante el taponamiento o variando el asiento o el adrizamiento, trasladando pesos o a la tripulación, para disminuir la presión y entrada de agua.
Preste toda la ayuda que pueda a la otra embarcación.
Vídeo
Abordaje Aduana Española: Vigilancia aduanera
00:17 min.
Imágenes de una embarcación rápida de Vigilancia Aduanera(SVA) tras abordaje en alta mar de importante aprehensión de cocaína. Élite policial de intervención y asalto en alta mar de agentes de operaciones especiales de Vigilancia Aduanera(SVA)pertenecientes a la Agencia Tributaria española(AEAT). Aduanas españolas.
Reglamento Internacional Prevención de abordajes
Ámbito de aplicación y Responsabilidad
El Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes establece, en función de las características de cada embarcación y las prerrogativas en cuanto a obligación de maniobra, que actitud evasiva debe tomar cada uno de los involucrados con el fin de evitarla.
REGLA 1. Ámbito de aplicación
a) El presente Reglamento se aplicará a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima.
b) Ninguna disposición del presente Reglamento impedirá la aplicación de reglas esenciales, establecidas por la autoridad competente para las radas, puertos, ríos, lagos o aguas interiores que tengan comunicación con alta mar y sean navegables por los buques de navegación marítima. Dichas reglas especiales deberán coincidir en todo lo posible con lo dispuesto en el presente Reglamento.
c) Ninguna disposición del presente Reglamento impedirá la aplicación de reglas especiales establecidas por el gobierno de cualquier Estado en cuanto a utilizar luces de situación y señales luminosas, marcas o señales de pito adicionales para buques de guerra y buques navegando en convoy o en cuanto a utilizar luces de situación y señales luminosas o marcas adicionales para buques dedicados a la pesca en flotilla. En la medida de lo posible, dichas luces de situación y señales luminosas, marcas o señales de pito adicionales serán tales que no puedan confundirse con ninguna luz, marca o señal autorizada en otro lugar del presente Reglamento.
d) La Organización podrá adoptar dispositivos de separación de tráfico a los efectos de este Reglamento.
e) Siempre que el Gobierno interesado considere que un buque de construcción especial, o destinado a un fin especial, no pueda cumplir plenamente con lo dispuesto en alguna de las presentes reglas sobre número, posición, alcance o sector de visibilidad de las luces o marcas, y sobre la disposición y características de los dispositivos de señales acústicas, tal buque cumplirá con otras disposiciones sobre número, posición, alcance o sector de visibilidad de las luces o marcas y sobre la disposición y características de los dispositivos de señales acústicas que, a juicio de su Gobierno, representen respecto de ese buque el cumplimiento que más se aproxime a lo dispuesto en el presente Reglamento.
REGLA 2. Responsabilidad
a) Ninguna disposición del presente Reglamento eximirá a un buque, o a su propietario, al Capitán o a la dotación del mismo, de las consecuencias de cualquier negligencia en el cumplimiento de este Reglamento o de negligencias en observar cualquier precaución que pudiera exigir la práctica normal del marino o las circunstancias especiales del caso.
b) En la interpretación y cumplimiento del presente Reglamento se tomarán en consideración todos aquellos peligros de navegación y riesgos de abordaje y todas las circunstancias especiales incluidas las limitaciones de los buques interesados, que pudieran hacer necesario apartarse de este Reglamento, para evitar un peligro inmediato.
Fotos
publicidad
Especiales